Licencia bar: los equipos de trabajo

Licencia bar: los equipos de trabajo. Sobre los equipos de trabajo, la Ordenanza municipal reguladora de las condiciones higiénico-sanitarias en establecimientos donde se elaboran y consumen comidas y bebida establece que:
a) Dispondrán de lavabo fregadero, con grifos de manejo no manual y agua potable fría y caliente, y del tamaño suficiente para el lavado de los alimentos o la limpieza preliminar de los utensilios antes de su paso al lavavajillas. Tendrá rejillas con luz inferior a 5 milímetros que impidan el paso de partículas sólidas a la red de saneamientos. Cuando el fregadero haya sido utilizado para la limpieza de utensilios, deberá ser lavado y convenientemente desinfectado antes de ser utilizado. En las cocinas de más de 10 metros cuadrados existirá, además, un lavamanos independiente del fregadero de manejo no manual con agua fría y caliente.
b) Habrá útiles de aseo en los lavamanos.
c) Contarán con maquinaria lavavajillas de capacidad suficiente, que garantice una temperatura del agua de aclarado mínimo de 82 °C.
d) Cámara frigorífica para alimentos de capacidad suficiente, y con termómetro de fácil lectura.
f) En el caso de que se almacenen productos congelados contarán con una cámara para el mantenimiento de estos productos con capacidad suficiente y termómetro de fácil lectura no corrosivo.
g) Superficie de manipulación de alimentos, en buen estado, de material no poroso, no absorbente de fácil limpieza y desinfección y de tamaño acorde con el volumen y tipo de trabajo.
h) Existirán recipientes higiénicos de recogida de residuos sólidos de fácil limpieza y desinfección, de uso exclusivo, de apertura no manual, provistos de bolsas de material impermeable y adecuadamente emplazados.
i) La disposición del mobiliario será tal que evite la formación de huecos de difícil acceso para la limpieza.
j) La anchura mínima de las zonas de trabajo, libres de mobiliario, será de 0,90 centímetros.
k) El menaje, cubertería y demás utensilios utilizados para la manipulación o el consumo de alimentos deberá estar cubierto y protegido de cualquier foco de contaminación.
l) Dispondrán de agua potable corriente, fría y caliente en cantidad suficiente para cubrir sus necesidades.
m) Cuando los establecimientos dispongan de zonas de servicio de comedor con aforo superior a 120 comensales, las cocinas necesitarán además:
1. Una cámara exclusiva para la conservación de platos preparados, con tamaño adecuado y alejado de los focos de calor y de la zona de materias primas.
2. Dos accesos independientes, de entrada de materias primas y de salida de comida preparada.
3. Una zona exclusiva para la manipulación de materias primas, con cámaras, útiles, lavamanos y fregaderos independientes.