• Licencia bar: La cocina

    Licencia bar: La cocina. La cocina de un bar es la parte más importante, ya que en ella se preparan los alimentos que se servirán a todo el público, por lo que, como es obvio, habrá de cumplir con unos requisitos muy específicos para evitar posibles medidas antihigiénicas y enfermedades alimenticias causadas por una mala amipulación. Por todo esto, se establecen las siguientes reglas:

    a) Los establecimientos dispondrán de un recinto, independiente de cualquier otra zona del local o establecimiento, destinado a cocina. Los establecimientos con actividad principal de pizzerías, hamburgueserías y similares, podrán disponer de zona de elaboración debidamente aislada, que contará con sistema de extracción de humos y olores.

    b) Las cocinas de todos los establecimientos, tendrán unas dimensiones acordes a su volumen de trabajo.

    c) Aquellas de los establecimientos que tengan menos de 100 metros cuadrados serán como mínimo de superficie igual al 6 por 100 de la superficie útil total del local incluyendo todas sus dependencias, con un mínimo de 6 metros cuadrados.

    d) En los locales de más de 101 metros cuadrados, la zona para cocinar será de superficie superior al 10 por 100 de la superficie dedicada al público.

    e) No tendrá acceso directo a cuartos de basura, aseos u otras dependencias que supongan un riesgo de contaminación de los alimentos.

    f) Las paredes tendrán superficies lisas, no absorbentes, no tóxicas, de color claro y revestidas de material o pintura que permitan ser lavadas sin deterioro.

    g) Las cubiertas o techos estarán construidos de forma que no se acumule polvo ni vapores de condensación, serán de fácil limpieza y siempre estarán en condiciones tales que no puedan aportar contaminación a los productos. Las uniones de paramentos verticales y horizontales serán redondeadas.

    h) Los suelos serán construidos con materiales no absorbentes, antideslizantes, resistentes, y fáciles de limpiar, estarán provistos de desagües y de dispositivos adecuados que eviten olor y el acceso de roedores, tendrán una inclinación suficiente hacia los sumideros que permita la evacuación de agua y otros líquidos.

    i) La iluminación puede ser natural o artificial, en ambos casos de suficiente intensidad que vendrá determinada por un mínimo de 350 lux. El sistema de iluminación estará debidamente protegido de manera que, en caso de rotura, no contamine los alimentos. Su fijación al techo o paredes será de forma que sea fácil su limpieza y evite la acumulación de polvo.

      j) La ventilación de la cocina, natural y/o forzada (artificial) será la apropiada (capaz de cubrir con eficacia su función) a la capacidad del local. Se prestará especial atención a la ventilación de los lugares y maquinaria que emitan calor.

    Compartir en

    Comentarios

    Escribe un comentario

    Nombre (requerido)
    Email (requerido, no será publicado)
    Website (opcional)
    Recordar los datos en este equipo
    He leído y acepto la cláusula de protección de datos.
    Protección de datos